Percepciones y deducciones en la nomina — Que son
Cada recibo de nomina en Mexico se construye sobre dos columnas fundamentales: las percepciones y las deducciones. Entender que son, como se clasifican y como interactuan es la base para calcular correctamente el pago de un trabajador, cumplir con las obligaciones fiscales y evitar errores que pueden derivar en multas del SAT o del IMSS.
Las percepciones son todos los conceptos que el trabajador tiene derecho a recibir como contraprestacion por su trabajo. Incluyen el salario base, pero tambien prestaciones adicionales como aguinaldo, prima vacacional, bonos, comisiones y cualquier otro pago que el patron realice a favor del empleado. En terminos contables, las percepciones suman.
Las deducciones son los montos que se restan de las percepciones brutas antes de llegar al pago neto. Algunas son obligatorias por ley — como el ISR y las cuotas del IMSS obrero — y otras son voluntarias o derivadas de acuerdos contractuales, como prestamos personales o cuotas sindicales.
La relacion es directa: Percepciones totales - Deducciones totales = Neto a pagar. Esa es la cantidad que el trabajador recibe en su cuenta bancaria cada quincena o cada semana. Cualquier error en cualquiera de los dos lados de la ecuacion afecta el bolsillo del trabajador, la contabilidad de la empresa y el cumplimiento fiscal ante el SAT.
Tipos de percepciones
La Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) definen los conceptos que constituyen percepciones de nomina. Estos son los mas comunes en las empresas mexicanas:
Salario base
Es la retribucion fija que el trabajador recibe por su jornada laboral. Se pacta en el contrato individual de trabajo y no puede ser inferior al salario minimo general vigente. En 2026, el salario minimo general es de $278.80 pesos diarios y el de la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) es de $419.88 pesos diarios. El salario base es 100% gravado para efectos de ISR.
Aguinaldo
Prestacion obligatoria equivalente a un minimo de 15 dias de salario, pagadera antes del 20 de diciembre de cada ano. Para trabajadores con menos de un ano de servicio, se paga la parte proporcional. Tiene una parte exenta de ISR equivalente a 30 veces la UMA diaria ($111.22 x 30 = $3,336.60 en 2026); el excedente es gravado. Calcula el tuyo con nuestra calculadora de aguinaldo.
Prima vacacional
El trabajador tiene derecho a una prima no menor al 25% sobre los salarios correspondientes a los dias de vacaciones. Esta percepcion es exenta de ISR hasta por 15 veces la UMA diaria ($111.22 x 15 = $1,668.30 en 2026); el excedente es gravado.
Participacion de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)
Las empresas con utilidades fiscales estan obligadas a repartir el 10% de sus utilidades entre los trabajadores. El monto individual se calcula combinando dias trabajados y salarios devengados. La PTU es exenta hasta por 15 veces la UMA diaria ($1,668.30 en 2026), y el excedente tiene un tope adicional: no puede exceder 3 meses del salario del trabajador o el promedio de PTU de los ultimos 3 anos, lo que resulte mas favorable. El excedente de la parte exenta es gravado.
Horas extra
Las primeras 9 horas extra semanales se pagan al doble del valor de la hora normal y son exentas de ISR. A partir de la decima hora extra semanal, se pagan al triple y son 100% gravadas. Si el trabajador excede el limite de 3 horas diarias o 3 veces por semana, el excedente tambien es gravado.
Comisiones
Son pagos variables ligados al desempeno del trabajador, generalmente asociados a ventas o metas de productividad. Las comisiones son 100% gravadas para ISR. Para trabajadores comisionistas puros, la comision constituye su salario base.
Bonos y gratificaciones
Pagos adicionales al salario que el patron otorga por cumplimiento de metas, antiguedad, eventos especiales u otros criterios. Los bonos son 100% gravados para ISR, salvo que se otorguen de forma general a todos los trabajadores y cumplan con los requisitos del Art. 93 de la LISR para ser considerados como gratificaciones.
Fondo de ahorro (aportacion patronal)
Cuando la empresa aporta a un fondo de ahorro a favor del trabajador, esa aportacion se considera una percepcion. Es exenta de ISR siempre que la aportacion del patron no exceda el 13% del salario del trabajador y el monto anual no supere 1.3 veces la UMA anual elevada al ano. La aportacion patronal debe ser igual o menor a la del trabajador.
Vales de despensa
Beneficio en especie para la compra de alimentos y productos basicos. Son exentos de ISR cuando se entregan mediante monederos electronicos autorizados por el SAT y no exceden el 40% de la UMA mensual elevada al mes. Si se entregan en efectivo o exceden el limite, se vuelven gravados.
Premio de puntualidad
Incentivo para reconocer la asistencia puntual del trabajador. Es exento de ISR siempre que no exceda el 10% del salario base del trabajador. El excedente es gravado y ademas se integra al Salario Base de Cotizacion (SBC) ante el IMSS.
Premio de asistencia
Similar al premio de puntualidad, pero enfocado en la asistencia completa durante el periodo. Es exento hasta el 10% del salario base. Si rebasa ese limite, el excedente es gravado y se integra al SBC.
Percepciones gravadas vs exentas
La distincion entre percepciones gravadas y exentas es central para el calculo correcto del ISR de nomina. El Articulo 93 de la LISR establece los ingresos que no pagan impuesto (exentos) y sus limites. Todo lo que exceda esos limites se convierte en ingreso gravado y entra a la base de calculo del ISR.
Para el calculo del ISR de nomina, es fundamental aplicar correctamente estos limites. La UMA 2026 es de $111.22 pesos diarios.
| Percepcion | Limite exento | Base legal | |---|---|---| | Aguinaldo | 30 UMA ($3,336.60) | Art. 93 fracc. XIV LISR | | Prima vacacional | 15 UMA ($1,668.30) | Art. 93 fracc. XIV LISR | | PTU | 15 UMA ($1,668.30) | Art. 93 fracc. XIV LISR | | Horas extra (primeras 9/semana) | 100% exento | Art. 93 fracc. I LISR | | Horas extra (excedente) | 0% — gravado total | Art. 93 fracc. I LISR | | Fondo de ahorro (patronal) | 13% del salario, tope 1.3 UMA anual | Art. 93 fracc. XI LISR | | Vales de despensa | 40% UMA mensual | Art. 93 fracc. IX LISR | | Premio de puntualidad | 10% del salario base | Art. 27 LSS | | Premio de asistencia | 10% del salario base | Art. 27 LSS | | Comisiones | 0% — gravado total | N/A | | Bonos | 0% — gravado total | N/A | | Salario base | 0% — gravado total | N/A |
Regla critica para 2026: La deduccion patronal de sueldos esta condicionada a que las percepciones exentas no representen mas del 53% del total de percepciones exentas pagadas. Si exceden este umbral, el patron solo puede deducir el 47% de esas percepciones exentas. Esto se regula en el Art. 28 fracc. XXX de la LISR y es un punto frecuente de observacion en auditorias del SAT.
Tipos de deducciones
Las deducciones de nomina se clasifican en obligatorias (establecidas por ley) y voluntarias (pactadas entre patron y trabajador). Estas son las mas comunes:
ISR (Impuesto Sobre la Renta)
El patron esta obligado a retener y enterar el ISR de los ingresos del trabajador. Se calcula aplicando la tarifa mensual del Art. 96 de la LISR sobre la base gravable (percepciones gravadas menos el subsidio al empleo, cuando aplica). Es la deduccion mas significativa en la mayoria de las nominas. Puedes estimar el impacto con la calculadora de ISR de nomina.
IMSS obrero (cuotas del trabajador)
El trabajador contribuye con una parte de las cuotas del IMSS. Los porcentajes se aplican sobre el SBC y cubren los seguros de:
- Enfermedades y maternidad (prestaciones en especie): 0.40% sobre la diferencia entre el SBC y 3 UMA
- Invalidez y vida: 0.625% sobre el SBC
- Cesantia en edad avanzada y vejez: 1.125% sobre el SBC
El total de cuotas obreras ronda el 2.775% del SBC para un trabajador con salario superior a 3 UMA. Consulta el desglose completo en nuestra calculadora de cuotas IMSS.
Infonavit (credito)
Cuando un trabajador tiene un credito hipotecario con el Infonavit, el patron esta obligado a retener el pago mensual y enterarlo al instituto. El descuento puede ser un porcentaje del salario, una cantidad fija en pesos, o un numero de veces la UMA, dependiendo del tipo de credito. Si el trabajador no tiene credito activo, esta deduccion no aplica.
Pension alimenticia
Cuando existe una orden judicial, el patron debe retener el porcentaje indicado por el juez sobre el salario del trabajador y depositarlo a la cuenta del beneficiario. Es una deduccion obligatoria por mandato judicial. Generalmente oscila entre el 15% y el 40% del ingreso neto del trabajador.
Fondo de ahorro (aportacion del trabajador)
La contraparte del fondo de ahorro patronal. El trabajador aporta un porcentaje de su salario, generalmente igual al que aporta el patron. Esta deduccion es voluntaria (el trabajador acepta participar en el esquema) pero una vez aceptada, se retiene de forma automatica cada periodo.
Prestamos al trabajador
Cuando la empresa otorga prestamos a los trabajadores — ya sea para emergencias, adelantos de sueldo o prestamos formales — el descuento periodico se refleja como deduccion en la nomina hasta liquidar el adeudo.
Cuotas sindicales
Si la empresa tiene un contrato colectivo de trabajo con un sindicato, los trabajadores sindicalizados pagan una cuota que se retiene de su salario. El porcentaje tipico es del 1% al 3% del salario.
Ausencias e incapacidades
Los dias que el trabajador falta sin justificacion se descuentan proporcionalmente de su salario. En el caso de incapacidades por enfermedad general, el IMSS paga un subsidio a partir del cuarto dia (60% del SBC), pero los primeros 3 dias son a cargo del trabajador, salvo que el patron tenga una politica de pago complementario.
Otras deducciones
Incluyen conceptos como seguros de gastos medicos mayores con aportacion del trabajador, caja de ahorro, compras en tienda de la empresa, o cualquier otro descuento pactado por escrito entre las partes.
Limite legal: El Art. 110 de la LFT establece que las deducciones no pueden exceder el 30% del excedente del salario minimo del trabajador. Las excepciones son: cuotas del IMSS, pension alimenticia ordenada judicialmente, y pagos de credito Infonavit.
Como calcular el neto a pagar
La formula basica para calcular el salario neto de un trabajador es:
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Percepciones totales - Deducciones totales = Neto a pagar
Veamos un ejemplo practico con un trabajador que gana $18,000 pesos mensuales en 2026:
Paso 1: Sumar todas las percepciones del periodo
| Concepto | Monto | |---|---| | Salario base mensual | $18,000.00 | | Premio de puntualidad (5%) | $900.00 | | Vales de despensa | $1,200.00 | | Total percepciones | $20,100.00 |
Paso 2: Determinar la base gravable
| Concepto | Total | Exento | Gravado | |---|---|---|---| | Salario base | $18,000.00 | $0.00 | $18,000.00 | | Premio de puntualidad | $900.00 | $900.00 (< 10% del salario) | $0.00 | | Vales de despensa | $1,200.00 | $1,200.00 (dentro del limite) | $0.00 | | Totales | $20,100.00 | $2,100.00 | $18,000.00 |
Paso 3: Calcular las deducciones
| Concepto | Monto | |---|---| | ISR retenido (sobre base gravable) | $2,153.46 | | IMSS obrero | $499.50 | | Fondo de ahorro (trabajador, 5%) | $900.00 | | Total deducciones | $3,552.96 |
Paso 4: Obtener el neto
$20,100.00 - $3,552.96 = $16,547.04 neto a pagar
Este es el monto que el trabajador recibe en su cuenta. El calculo detallado del ISR involucra la tarifa del Art. 96 de la LISR con su limite inferior, cuota fija y porcentaje sobre el excedente, menos el subsidio al empleo cuando aplica.
Percepciones y deducciones en el CFDI de nomina
Cada vez que se paga una nomina, el patron esta obligado a emitir un CFDI de nomina con complemento version 1.2. Las percepciones y deducciones aparecen como nodos especificos dentro de la estructura XML del complemento.
Nodo Percepciones
El nodo <nomina12:Percepciones> contiene:
- TotalSueldos: Suma de todas las percepciones que corresponden a sueldos y salarios
- TotalSeparacionIndemnizacion: Montos por liquidacion o indemnizacion, cuando aplica
- TotalJubilacionPensionRetiro: Pagos por jubilacion o pension
- TotalGravado: Suma de todas las percepciones gravadas del periodo
- TotalExento: Suma de todas las percepciones exentas del periodo
Dentro del nodo, cada percepcion individual se registra con un sub-nodo <nomina12:Percepcion> que incluye:
- TipoPercepcion: Clave del catalogo del SAT (001 = Sueldos, 002 = Gratificacion anual, 003 = PTU, 019 = Horas extra, 038 = Vales de despensa, etc.)
- Clave: Clave interna de la empresa para el concepto
- Concepto: Descripcion del pago
- ImporteGravado: Monto gravado de esa percepcion especifica
- ImporteExento: Monto exento de esa percepcion especifica
Nodo Deducciones
El nodo <nomina12:Deducciones> contiene:
- TotalOtrasDeducciones: Suma de todas las deducciones excepto impuestos retenidos
- TotalImpuestosRetenidos: Suma del ISR retenido al trabajador
Cada deduccion individual se registra con:
- TipoDeduccion: Clave del catalogo del SAT (001 = Seguridad social, 002 = ISR, 003 = Aportaciones Infonavit, 004 = Pensiones alimenticias, 006 = Descuento por incapacidad, etc.)
- Clave: Clave interna de la empresa
- Concepto: Descripcion del descuento
- Importe: Monto de la deduccion
Nodo OtrosPagos
Existe un tercer nodo <nomina12:OtrosPagos> que registra conceptos que no son percepciones ni deducciones en sentido estricto, como:
- 002 — Subsidio al empleo: Monto del subsidio aplicado al trabajador
- 001 — Reintegro de ISR retenido en exceso
- 004 — Aplicacion de saldo a favor por compensacion anual
Es fundamental que los totales del nodo Percepciones y el nodo Deducciones cuadren con los campos SubTotal y Descuento del comprobante base del CFDI. Si no cuadran, el PAC rechazara el timbrado.
Errores comunes en percepciones y deducciones
Estos son los errores que vemos con mas frecuencia en las empresas que procesan nomina internamente:
1. Aplicar limites de exencion incorrectos
El error mas costoso. Si el limite exento del aguinaldo se calcula con un valor de UMA incorrecto o se aplica un numero equivocado de UMAs (por ejemplo, usar 20 en lugar de 30 para aguinaldo), el ISR retenido sera incorrecto. Esto genera diferencias que el SAT detecta al cruzar las declaraciones anuales con los CFDI.
2. Omitir percepciones en el CFDI
Pagar conceptos "por fuera" del recibo de nomina — como bonos en efectivo o ayuda de transporte no documentada — genera un doble problema: el trabajador tiene ingresos no declarados y el patron pierde la deducibilidad de esos pagos. Ademas, si el IMSS detecta que hay pagos no integrados al SBC, aplica multas conforme al Art. 304 de la LSS.
3. Duplicar deducciones
Aplicar dos veces la misma deduccion en un periodo — por ejemplo, retener el IMSS obrero tanto en la primera como en la segunda quincena cuando el calculo ya es mensual — reduce indebidamente el neto del trabajador. Este error suele detectarse tarde, cuando el empleado reclama o al hacer la conciliacion fiscal anual.
4. No actualizar la UMA al inicio del ano
Los limites de exencion cambian cada ano porque se expresan en UMAs. Si el sistema de nomina no se actualiza con el nuevo valor de la UMA al 1 de febrero (fecha en que el INEGI publica el valor vigente), todos los calculos de percepciones exentas del ano seran incorrectos.
5. Clasificar mal el tipo de percepcion en el CFDI
Usar la clave de TipoPercepcion incorrecta en el complemento de nomina — por ejemplo, registrar horas extra como bono, o vales de despensa como sueldos — provoca inconsistencias que el SAT puede identificar en validaciones automatizadas y generar cartas invitacion.
Preguntas frecuentes
Cual es la diferencia entre percepcion gravada y exenta?
Una percepcion gravada forma parte de la base de calculo del ISR: el trabajador paga impuesto sobre ese monto. Una percepcion exenta no genera ISR dentro de los limites que establece el Art. 93 de la LISR. Por ejemplo, el aguinaldo es exento hasta 30 UMA ($3,336.60 en 2026); cualquier peso adicional es gravado. La clasificacion correcta de cada percepcion impacta directamente cuanto ISR se retiene al trabajador.
Las deducciones de nomina tienen un limite legal?
Si. El Art. 110 de la LFT establece que los descuentos no pueden exceder el 30% del excedente del salario minimo, salvo excepciones como cuotas del IMSS, creditos Infonavit y pensiones alimenticias ordenadas por un juez. Si un trabajador tiene multiples deducciones que en conjunto superan este limite, el patron debe ajustar los montos para cumplir con la ley.
Que pasa si el CFDI de nomina tiene percepciones o deducciones incorrectas?
El patron debe cancelar el CFDI incorrecto y emitir uno nuevo con la informacion correcta dentro del mismo ejercicio fiscal. Si el error no se corrige, el gasto de nomina podria no ser deducible para la empresa, y el trabajador podria tener inconsistencias en su declaracion anual. En caso de auditorias, el SAT puede imponer multas de $400 a $600 pesos por cada CFDI con errores.
Los vales de despensa son percepcion gravada o exenta?
Depende de como se entreguen. Si se otorgan mediante monederos electronicos autorizados por el SAT y no exceden el 40% de la UMA mensual, son exentos de ISR y no se integran al SBC. Si se entregan en efectivo, en tarjetas no autorizadas, o exceden el limite, se convierten en percepcion gravada y deben integrarse al SBC para efectos del IMSS.
Simplifica el calculo de percepciones y deducciones
Calcular correctamente cada percepcion, aplicar los limites de exencion vigentes, retener el ISR conforme a las tablas del SAT, y generar CFDI sin errores es un proceso que demanda precision y actualizacion constante. Cada cambio en la UMA, en las tablas de ISR o en los criterios del SAT significa revisar toda la configuracion de nomina.
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